Impuestos
- Vivienda de segunda mano: se paga el ITP, cuyo tipo fija cada comunidad autónoma (habitualmente entre el 6 % y el 10 %, con tipos reducidos para determinados compradores).
- Obra nueva: se paga IVA (10 % en vivienda con carácter general) y el impuesto de AJD, también autonómico.
- Plusvalía municipal: corresponde al vendedor, aunque conviene comprobar que se liquida.
Notaría, registro y gestoría
Los honorarios notariales y registrales están regulados por arancel y dependen del precio. Si hay hipoteca, se añaden los gastos de la escritura de préstamo (que en gran parte asume la entidad) y la tasación del inmueble.
Si el vendedor es no residente
El comprador debe retener un porcentaje del precio (actualmente el 3 %) e ingresarlo en la Agencia Tributaria mediante el Modelo 211, a cuenta del impuesto del vendedor. Nos encargamos de que este paso se cumpla correctamente para que el comprador no asuma responsabilidades.
Gastos posteriores
Como propietario pagarás anualmente el IBI, la tasa de basuras y la comunidad de propietarios; si no eres residente, además la declaración anual del Modelo 210. Te preparamos un cálculo orientativo para tu caso antes de la compra. Los tipos impositivos cambian: verifica siempre los vigentes en tu comunidad autónoma.
Este contenido tiene carácter informativo y general; la normativa y los plazos pueden cambiar. Para tu caso concreto, consúltanos.