Preguntas frecuentes
Antes de escribirnos: las dudas más habituales, respondidas
Hemos reunido 32 preguntas que nos hacen a menudo residentes, no residentes, compradores de vivienda, autónomos y empresas. Cada una tiene su propia página con una respuesta completa. Si no encuentras la tuya, escríbenos y te respondemos sin compromiso.
Fiscalidad
Impuestos de autónomos, empresas y particulares
Declaraciones, plazos, documentación y cómo trabajamos la fiscalidad de residentes y de quien vive fuera.
FiscalidadSí. Trabajamos habitualmente con clientes que residen fuera de España y gestionamos toda la relación a distancia: la documentación se envía en formato digital y la comunicación se hace por email, teléfono o WhatsApp, en español, inglés o ruso.
Leer la respuesta completaDepende de tu situación: no es lo mismo un residente con nómina que un no residente con una vivienda o un autónomo con actividad. Tras una primera consulta te enviamos una lista concreta y personalizada, sin pedirte documentos que no aporten nada a tu caso.
Leer la respuesta completaSí. Puedes contratar una consulta fiscal concreta —por ejemplo, para resolver una duda antes de comprar una vivienda o de trasladarte a España— sin necesidad de un servicio recurrente. Si después quieres continuidad, la organizamos.
Leer la respuesta completaLa declaración de la renta (IRPF) de los residentes se presenta, por regla general, entre principios de abril y el 30 de junio del año siguiente al ejercicio declarado. Las fechas exactas las fija cada año la Agencia Tributaria; si el resultado es a ingresar con domiciliación, el plazo termina unos días antes.
Leer la respuesta completaUn autónomo en España tributa principalmente por IRPF (con pagos fraccionados trimestrales, salvo excepciones) y por IVA (declaraciones trimestrales), además de presentar las declaraciones informativas anuales y las retenciones que practique. A ello se suma la cuota mensual de autónomos a la Seguridad Social, que no es un impuesto pero sí una obligación periódica.
Leer la respuesta completaContabilidad
Contabilidad y obligaciones periódicas
Facturación digital, cambio de despacho y coordinación entre contabilidad e impuestos.
ContabilidadSí. Puedes enviarnos las facturas emitidas y recibidas en formato digital y organizarlas con nosotros. Según tu volumen de actividad te proponemos la forma más cómoda de hacerlo, sin papel ni desplazamientos.
Leer la respuesta completaSí. Revisamos la situación de partida, identificamos lo que falta o lo que conviene corregir y te decimos con claridad qué hace falta regularizar antes de continuar. El cambio de despacho no tiene por qué interrumpir tus obligaciones.
Leer la respuesta completaSí. En Asistenio el área fiscal y la contable trabajan juntas, de modo que las declaraciones se preparan a partir de una contabilidad que conocemos de primera mano. Esto evita descoordinación, duplicidad de trabajo y errores entre libros y declaraciones.
Leer la respuesta completaNo residentes
Renta de no residentes y representación fiscal
Qué obligaciones tienes si posees una propiedad o ingresos en España sin residir aquí.
No residentesSí. Una parte importante de nuestro trabajo consiste precisamente en atender a clientes no residentes: preparamos la declaración de la renta de no residentes (Modelo 210) y actuamos como representación fiscal anual ante la Administración española.
Leer la respuesta completaSignifica que actuamos como tu interlocutor ante la Administración española: recibimos y respondemos las comunicaciones relacionadas con tus obligaciones, presentamos tus declaraciones y nos aseguramos de que ningún requerimiento se quede sin respuesta mientras tú estás fuera.
Leer la respuesta completaNo. Trabajamos habitualmente a distancia con clientes que residen en otros países. La contratación, el envío de documentación y las consultas se hacen por medios digitales; si algún paso concreto exigiera presencia o autorización, te lo indicaríamos de antemano.
Leer la respuesta completaSí. Cuéntanos tu caso: revisamos qué obligaciones tenías en cada ejercicio, calculamos lo que corresponde y te explicamos con franqueza las opciones. Regularizar de forma voluntaria, antes de que la Administración lo requiera, reduce de forma significativa los recargos y sanciones.
Leer la respuesta completaEl Modelo 210 es la declaración del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) para quienes obtienen rentas en España sin residir fiscalmente aquí y sin establecimiento permanente. Lo presentan, por ejemplo, los propietarios no residentes de una vivienda —tanto si la alquilan como si la usan ellos— y quienes venden un inmueble en España.
Leer la respuesta completaInmobiliario
Comprar una vivienda en España
Nota simple, gastos, trámites municipales y acompañamiento en la compraventa.
InmobiliarioSí. Preparamos y tramitamos la compraventa: solicitamos la nota simple del Registro de la Propiedad, revisamos la documentación del inmueble, gestionamos cédulas y licencias en el ayuntamiento y te acompañamos en el proceso notarial, para que la operación avance con seguridad jurídica.
Leer la respuesta completaLa nota simple es el documento informativo del Registro de la Propiedad que refleja quién es el titular de un inmueble, su descripción y las cargas que lo afectan (hipotecas, embargos, servidumbres). La solicitamos antes de avanzar en cualquier compra para comprobar que el vendedor puede vender y que la finca está libre de sorpresas.
Leer la respuesta completaSí. Gestionamos las cédulas de habitabilidad, las licencias de obra o de actividad y otros trámites municipales asociados al inmueble, tanto durante la compraventa como después, cuando quieras reformar, alquilar o cambiar el uso de la vivienda.
Leer la respuesta completaSí. Es incluso el mejor momento para hablar: te explicamos qué documentación conviene revisar en cualquier vivienda que te interese, qué gastos e impuestos tendrá la compra y qué obligaciones asumirás después como propietario, especialmente si no eres residente.
Leer la respuesta completaAdemás del precio, la compra de una vivienda en España conlleva impuestos (el ITP en vivienda de segunda mano, o el IVA y el AJD en obra nueva), más los honorarios de notaría, la inscripción en el Registro de la Propiedad y, en su caso, gestoría y tasación. De forma orientativa, estos gastos suelen situarse entre el 10 % y el 15 % del precio, según la comunidad autónoma.
Leer la respuesta completaNIE y extranjería
NIE, documentación y plazos
Cómo se obtiene el NIE, cuánto tarda, qué documentos hacen falta y si se puede hacer desde fuera.
NIE y extranjeríaSí. Gestionamos la obtención del NIE (Número de Identidad de Extranjero) y los trámites de extranjería asociados: revisamos tu documentación, preparamos la solicitud, gestionamos la cita y te indicamos exactamente qué necesitas presentar y dónde.
Leer la respuesta completaDepende del tipo de solicitud y de la oficina que la tramite: en algunos casos el NIE se asigna en el mismo acto de la cita; en otros, la resolución tarda días o semanas. El factor que más suele retrasar el proceso es la disponibilidad de citas. Cuando revisemos tu caso te daremos una previsión realista y te avisaremos si algo cambia.
Leer la respuesta completaEn determinados supuestos, sí. El NIE puede solicitarse desde el extranjero en la oficina consular española de tu lugar de residencia o, en algunos casos, a través de un representante autorizado en España. Te confirmamos si tu situación encaja antes de iniciar nada.
Leer la respuesta completaCon carácter general: el formulario oficial EX-15 cumplimentado, el pasaporte en vigor (original y copia), un documento que justifique el motivo de la solicitud y el justificante de pago de la tasa. Los requisitos varían según tu nacionalidad y el motivo, por lo que te enviamos una lista personalizada tras revisar tu caso.
Leer la respuesta completaCertificado digital
Obtención, uso y renovación
Para qué sirve el certificado digital, cómo se obtiene y qué hacer cuando caduca.
Certificado digitalEn determinados supuestos, sí. La acreditación de identidad necesaria para obtener el certificado digital puede hacerse de forma presencial en una oficina de registro o, en algunos casos, por vías no presenciales (por ejemplo, con DNI electrónico o mediante videoidentificación). Te confirmamos qué vía está disponible para ti antes de iniciar el trámite.
Leer la respuesta completaSirve para la gran mayoría: con él puedes identificarte y firmar en las sedes electrónicas de la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, la DGT, los ayuntamientos y muchas otras administraciones. Algunos trámites concretos requieren, además, comparecencia personal o un tipo específico de certificado; si tu caso lo exige, te lo indicamos.
Leer la respuesta completaCuando caduca, el certificado digital deja de ser válido para identificarte y firmar, y pierdes el acceso a los trámites en línea hasta que lo renueves. Por eso conviene renovarlo antes de la fecha de vencimiento: en muchos casos puede hacerse en línea sin volver a acreditar la identidad. Si ya ha caducado, hay que solicitar uno nuevo.
Leer la respuesta completaNotaría y traducciones
Firma notarial y traducción jurada
Acompañamiento en notaría, documentación previa y cuándo hace falta una traducción jurada.
NotaríaSí. Podemos acompañarte a la firma y coordinar todo el trámite notarial: la cita, la documentación previa, la revisión del borrador de la escritura y, si lo necesitas, la interpretación en inglés o ruso durante la firma. Cuéntanos la operación y te indicamos cómo lo organizamos en tu caso.
Leer la respuesta completaSí. Revisamos qué documentación exige tu operación, la reunimos contigo y comprobamos que esté completa y en vigor antes de la cita. Una firma aplazada por un documento que falta supone costes y retrasos que se pueden evitar con una preparación adecuada.
Leer la respuesta completaLa traducción jurada la realiza un traductor-intérprete jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y lleva su firma y sello, lo que le da validez ante organismos oficiales. La simple no tiene esa validez. Necesitas jurada cuando el documento extranjero se presenta ante una administración, un notario, un juzgado o un registro en España.
Leer la respuesta completaHabitualmente trabajamos en ruso e inglés; para otros idiomas, consúltanos y te confirmamos la disponibilidad. Y sí: lo habitual es que coordinemos la traducción jurada dentro del mismo expediente que el trámite que estás haciendo con nosotros, para que no tengas que buscar un traductor por tu cuenta.
Leer la respuesta completaCómo trabajamos
Idiomas, distancia y primer contacto
Cómo empezar, en qué idiomas atendemos y qué trámites se pueden resolver sin venir a España.
Todos los serviciosMuchos sí: las declaraciones fiscales, la contabilidad, la representación ante la Administración o la solicitud de documentos registrales se resuelven en remoto. Otros —como determinados trámites de extranjería o ciertas firmas— requieren presencia o una autorización específica. Cuéntanos tu caso y te confirmamos qué se puede hacer a distancia antes de empezar.
Leer la respuesta completaSí. Atendemos en español, inglés y ruso, tanto en las consultas como en toda la comunicación durante el servicio. Además ofrecemos traducción jurada e interpretación en estos idiomas cuando el trámite lo requiere.
Leer la respuesta completaRellena el formulario de contacto, llámanos o escríbenos por WhatsApp al +34 637 33 44 99. Revisamos tu caso y te respondemos indicándote los pasos a seguir, la documentación necesaria y cómo continuar, en español, inglés o ruso.
Leer la respuesta completaContacto
¿Tienes una situación concreta?
Cuéntanosla y te respondemos sin compromiso, en español, inglés o ruso. Te indicamos los pasos, la documentación necesaria y cómo continuar.