Quién es no residente a efectos fiscales
Con carácter general, eres no residente fiscal en España si permaneces menos de 183 días al año en el país y tu centro de intereses económicos no está aquí. Los no residentes tributan únicamente por las rentas obtenidas en España, a través del IRNR.
Casos habituales
- Propietarios de una vivienda en España que la usan en vacaciones: deben declarar una renta imputada aunque no la alquilen.
- Propietarios que alquilan su inmueble: declaran los ingresos del alquiler.
- Personas que venden un inmueble en España: soportan una retención y deben regularizar la ganancia.
- Quienes perciben otras rentas de fuente española (intereses, dividendos, pensiones, trabajo).
Qué hacemos por ti
Preparamos y presentamos el Modelo 210 en los plazos que corresponden a cada tipo de renta, revisamos si te afecta algún convenio de doble imposición y nos ocupamos de la representación fiscal para que las comunicaciones de la Administración lleguen y se atiendan.
Todo a distancia
No necesitas venir a España: trabajamos con documentación digital y en tu idioma (español, inglés o ruso). Si algún trámite concreto exigiera tu presencia o una autorización específica, te lo diríamos antes de empezar.
Este contenido tiene carácter informativo y general; la normativa y los plazos pueden cambiar. Para tu caso concreto, consúltanos.