Cómo funciona el servicio a distancia
La mayor parte de las obligaciones fiscales en España se presentan por vía telemática ante la Agencia Tributaria, de modo que no es necesario estar físicamente en el país para cumplirlas. Nosotros preparamos las declaraciones con la información que nos facilitas y las presentamos en tu nombre.
Para poder actuar ante la Administración necesitamos una autorización o apoderamiento, que se puede tramitar de forma telemática. Te explicamos cómo hacerlo en el primer contacto.
Qué necesitamos de ti
- Una copia de tu documento de identidad y de tu NIE, si lo tienes.
- Información sobre tus fuentes de ingresos y bienes en España (nóminas, alquileres, inmuebles, cuentas, actividad económica).
- Los certificados y justificantes que correspondan a cada ejercicio, en formato digital.
Tras una primera revisión de tu caso te enviamos una lista concreta de documentos, sin pedirte nada que no sea necesario.
Residente o no residente: la diferencia importa
Vivir fuera de España no siempre significa ser no residente fiscal. La residencia fiscal depende, entre otros criterios, de los días que pasas en España durante el año y de dónde está tu centro de intereses económicos. Antes de preparar cualquier declaración revisamos tu situación para aplicar el régimen correcto: el IRPF para residentes o el IRNR para no residentes.
Qué hacemos nosotros
Además de presentar las declaraciones, nos ocupamos de recibir y responder las notificaciones de la Agencia Tributaria, de recordarte los plazos y de avisarte con antelación de cualquier cambio normativo que afecte a tu caso.
Este contenido tiene carácter informativo y general; la normativa y los plazos pueden cambiar. Para tu caso concreto, consúltanos.